Causas De Nulidad Matrimonial
Ayuda Práctica
Las siguientes son posibles causas que se pueden usar ante un Tribunal en un caso matrimonial. Hay una breve descripción y una lista de preguntas relacionada con cada una de las causas. Los jueces hacen la decisión de cada caso solo a base de si las causas pueden ser probadas por el testimonio sometido por las partes, sus testigos y los consejeros expertos.
Si usted está comenzando un caso matrimonial con el Tribunal, un Asesor de Caso le ayudará a sugerir o a proponer las causas para su caso. Si usted ya comenzó un caso, o si usted es la parte Demandada en el caso, su Abogado le puede ayudar a entender las causas. Si usted cree que una o mas causas se pueden aplicar a su caso, las preguntas le ayudarán a seleccionar posibles testigos. A los testigos se le harán preguntas referentes a la causa o causas usadas en el caso.
Cada caso matrimonial deberá tener por lo menos una causa. Al comienzo del proceso, las partes sugieren posibles causas y explican por medio de declaraciones escritas el motivo por el cual piensan que esas causas se aplican a su caso. Después que cada parte haya tenido la oportunidad de hacer ésto, los Jueces fijarán la causa o causas actuales para el caso. Se le notificará a las partes de las causas. Ellos pueden expresar su objeción acerca de las causas fijadas, si lo desean, y los Jueces pueden reconsiderarlas. Los Jueces pueden escoger varias causas al comienzo del caso; el testimonio de las partes y de los testigos determinará cual será la mejor causa con la cual tratar el caso a fin de cuentas. Las partes y los testigos darán testimonio acerca de las causas específicas en el caso.
Para muchos, la contemplación de las diferentes causas les hará recordar un diluvio de memorias, tanto alegres como tristes. En un espíritu de oración y con la confianza de la gracia de Dios, permita que las siguientes páginas le ayuden a entender como un Tribunal toma las decisiones en casos matrimoniales, y puede ser que le ayude a determinar cual causa o causas le aplican a su caso.
Insuficiente Uso de Razón (Canon 1095 1º)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe tener un grado de habilidad de razonamiento suficiente para saber y entender lo que es el matrimonio y lo que él o ella está haciendo al momento del matrimonio. Condiciones serias, tal como la retardación mental profunda, ciertos desórdenes de personalidad, o estados de pérdidas de conocimiento (causados por la intoxicación por el alcohol, el uso de drogas, o trastornos convulsivos), pueden prevenir que una persona tenga o use la capacidad de razonamiento durante una ceremonia matrimonial. Si a uno o a ambos cónyuges les falta el uso de razón durante la misma ceremonia matrimonial, se puede considerar esta causa.
¿Abusó usted o su ex-cónyuge de las drogas o el alcohol hasta el punto de sufrir períodos de pérdidas de conocimiento? Si éste es el caso, ¿usó usted o su ex-cónyuge drogas o alcohol antes de la ceremonia de la boda? ¿Estaba alguno de ustedes dos intoxicados, “dopados,” o “arrebatados” durante la ceremonia? ¿Fueron alguno de los dos alguna vez diagnosticados con tener un bajo nivel de inteligencia o con problemas de aprendizaje serios, o con seria dificultad para tener capacidad para razonar? ¿Fueron alguno de los dos alguna vez diagnosticado con una discapacitación mental o una enfermedad mental que causara episodios de pérdida de conocimiento o de delirio? Si éste es el caso, ¿sucedió un tal episodio al momento de la ceremonia matrimonial? ¿Sufre usted o su ex-cónyuge de epilepsia y convulsiones gran mal? Si es el caso, ¿se manifestó una convulsión antes de la ceremonia de la boda?
Grave Falta de Discreción de Juicio (Canon 1095 2º)
Para entar a un matrimonio válido, una persona deberá tener sano uso de razón y madurez de juicio. Esto quiere decir que la persona está tomando una decisión prudente y libre, después de hacer un juicio cuidadoso, de entrar a un matrimonio con una persona en particular, y que esa decisión no fue impulsiva o sin deliberación. Si a uno o a ambos cónyuges le faltaba el conocimiento suficiente acerca del matrimonio o que fallaron a ejercer madurez de juicio al tomar la decisión de contraer matrimonio, esta causa puede ser considerada. Por el hecho que se requiere una grave falta de discreción de juicio, esta causa puede que sea difícil de comprobar.
¿Tuvo usted o su ex-cónyuge extremadamente poca o ninguna experiencia de salir con chicos/chicas antes de que se comprometieran? ¿Estaban uno de ustedes “recuperándose” de un noviazgo roto o de un matrimonio previo cuando decidieron entrar a este matrimonio? ¿Vieron ustedes al matrimonio simplemente como “el próximo paso a dar” sin mucha consideración? ¿Salieron ustedes en citas de novios por solamente un breve período? ¿Fue la decisión para casarse tomada impulsivamente, o sin pensarlo mucho? ¿Alguno de los dos tomó alguna vez decisiones inmaduras o impulsivas en otras áreas de sus vidas (carrera, finanzas, etc.)? ¿Podrían decir ustedes que no se conocían lo suficientemente bien como para casarse cuando lo hicieron? ¿Fue la decisión de casarse a base de algún asunto urgente o circunstancia (por ejemplo, un embarazo matrimonial, dificultades en el hogar, presión de grupo, para escaparse de otra relación? ¿Expresaron seria preocupación sus familiares y amistades acerca de este matrimonio,pero ustedes escogieron no hacerles caso?
Incapacidad Para Asumir las Obligaciones Esenciales del Matrimonio (Canon 1095 3º)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe tener la habilidad sicológica para sobrellevar y vivir las obligaciones de por vida de un matrimonio. Una persona no puede dar consentimiento para algo que es más allá de lo que puede cumplir su capacidad sicológica. Aunque la condición se haya manifestado o haya sido diagnosticada poco después del matrimonio, si es que la persona estaba ya afligida al momento de su matrimonio por una condición seria siquiátrica o sicológica que le impedía asumir las obligaciones matrimoniales, el matrimonio es inválido. Se debe comprobar la condición, sin embargo, y a menudo el Tribunal requiere una evaluación actualizada por un profesional de salud mental. Por el hecho que se requiere incapacidad y no meramente capacidad disminuída, esta causa puede que sea difícil de comprobrar.
¿Ha sido usted o su ex-cónyuge diagnosticado con una seria enfermedad sicólogica? Aún sin un diagnósitico específico, ¿sufría alguno de los dos de una enfermedad mental seria al momento de su matrimonio? ¿Tenían alguno de ustedes alguna adicción al momento de la boda (alcohol, drogas, medicinas recetadas, etc.)? Si respondió positivamente a cualquiera de estas preguntas, ¿le impidió la enfermedad o la adicción a cualquiera de los dos el poder vivir el cumplimiento del compromiso que se hicieron mutuamente o a sus hijos? Al momento de su matrimonio, ¿tuvieron ustedes algún desórden sexual serio, dudas serias en cuanto a su identidad sexual o la homosexualidad? Si este es el caso, ¿les afectó la habilidad de cumplir con el compromiso matrimonial?
Ignorancia de la Naturaleza Social del Matrimonio (Canon 1096)
Para entar a un matrimonio válido, una persona debe tener conocimiento básico (i.e. no ser ignorante) de lo que se trata el matrimonio. Un elemento necesario de ese conocimiento es saber que el matrimonio es una asociación permanente entre un hombre y una mujer. Si una persona de verdad no tiene el conocimiento que el matrimonio es una tal asociación, a causa de circunstancias trágicas o extremadamente disfuncionales en su historial personal o familiar, esta causa se le puede aplicar.
¿Se crió usted o su ex-cónyuge en una familia con antecedentes de muchos divorcios, separaciones o de relaciones de uniones libres? ¿Tuvieron alguno de los dos la experiencia de tener que criarse en varios hogares, sea entre familiares o familias de acogida? ¿Fueron alguno de los dos criados en una institución como un orfanato? Si es el caso, ¿podrían decir que nunca tuvieron un modelo de un matrimonio sano o feliz? ¿Podría decir que usted o su ex-cónyuge desconocían al casarse que el matrimonio era una asociación permanente? ¿Fueron alguno de los dos criados en un ambiente demasiado protegído (de grado poco saludable)? ¿Hubieron algunos factores culturales que influenciaron su conocimiento de lo que se trataba el matrimonio? ¿Quedó alguno de ustedes sorprendido o escandalizado al casarse y enterarase de lo que se trataba el matrimonio? ¿Se separaron o divorciaron rápidamente después de descubir lo que era el matrimonio?
Ignorancia de la Naturaleza Sexual del Matrimonio (Canon 1096)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe tener el conocimiento básico de lo que se trata el matrimonio (i.e., no ser ignorante). Un elemento necesario de ese conocimiento es que a causa de su naturaleza el matrimonio implica la apertura a tener hijos por medio de la cooperación sexual entre los cónyuges. Aunque tal ignorancia no se presume en personas más allá de la edad de la pubertad, se puede considerar esta causa si uno o ambos cónyuges estaban verdaderamente ignorantes de este hecho.
¿Era usted o su ex-cónyuge demasiado jóven cuando comenzaron a tener citas de novios? Si este era el caso, ¿fue éste el único noviazgo que habían tenido antes de casarse? ¿Algunos de los dos fue criado en un hogar donde no había ninguna discusión acerca de la sexualidad? ¿Entraron alguno de los dos al matrimonio sin absolutamente ningún conocimiento de la sexualidad humana o del coito sexual? ¿Fueron alguno de los dos criados en un ambiente demasiado protegido o reprimido sexualmente (de grado poco saludable)? ¿Hubieron algunos factores culturales que influenciaron su conocimiento de lo que era la sexualidad humana o el coito sexual? ¿Quedó alguno de ustedes sorprendido o escandalizado al casarse y aprender acerca de la sexualidad o el coito? ¿Se separaron poco después del matrimonio por la falta de disposición de tener relaciones sexuales?
Error de Persona (Canon 1097 §1)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe conocer la persona con la cual se casará. En otras palabras, el consentimiento matrimonial se intercambia con un hombre específico o una mujer específica para tener el verdadero conocimiento de que es esa persona. Si uno de los cónyuges cometió un error sustancial de juicio acerca de la verdadera identidad de su pretendido cónyuge, en otras palabras, se casó con la persona equivocada, esta causa puede ser considerada. El error no tiene que ver con los detalles de personalidad ni comportamiento, sino un serio error en cuanto a la identidad del otro cónyuge.
¿Se conocieron usted y su ex-cónyuge por muy poco tiempo antes de casarse? ¿Fue su noviazgo a lo lejos? ¿Pasaron ustedes en realidad poco tiempo juntos, a solas, antes del matrimonio? ¿No era su pretendido cónyuge la persona que usted pensaba con la cual se iba a casar? ¿Descubrió después de casarse que la persona con quien se casó no era, de hecho, la persona con la cual usted pretendía casarse? ¿Respondió usted con asombro y escándalo cuando se descubrió el error? ¿Se separó usted inmediatamente después, o cambió su relación matrimonial de inmediato?
Error En Cuanto a la Cualidad de una Persona (Canon 1097 §2)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe conocer las cualidades esenciales de la persona con la cual se casará. Si al momento del matrimonio, un cónyuge se equivocó acerca de una cualidad directa y principalmente prevista en el otro cónyuge (que era casi como una condición para el matrimonio), entonces esta causa puede ser considerada. Puede ser que esta causa se aplique si usted y su ex-cónyuge pretendían casarse con una persona que poseía cierta cualidad (quizás de naturaleza moral, social, física, religiosa, sicológica o legal) y la razón primordial por haber entrado a este matrimonio era porque creía que el pretendido cónyuge tenía esa cualidad. La cualidad prevista debe ser de tal magnitud que sin ella, la persona no si hubiera casado con él/ella.
¿Hubo una cierta cualidad o rasgo que usted o su ex-cónyuge buscaban en un perspectivo marido o esposa (por ejemplo, cierto estado social, estado matrimonial, educación, cierta profesión, convicción religiosa, libre de adicción o enfermedad, libre de un historial de arresto)? ¿Consideraba usted o su ex-cónyuge ese rasgo tan importante en su perspectivo cónyuge que se hubieran casado con otra persona que tuviera ese rasgo? ¿Se hubiera cancelado esta matrimonio al saber que la otra persona no tenía esa rasgo? ¿Cuando supieron que la persona no poseía esa cualidad, se reaccionó con asombro o sorpresa? ¿Se separaron inmediatamente después, o cambió su relación matrimonial inmediatamente después?
Fraude o Decepción (Canon 1098)
Una persona que entra a un matrimonio engañado por fraude, el cual se comete para obtener el consentimiento matrimonial de la otra persona, se casa inválidamente. Fraude es un acto intencional de decepción. Se puede perpetuar por uno de los cónyuges o por una tercera persona, pero el resultado final es el mismo: una de las partes contrayentes da consentimiento porque él/ella fue engañada. Si hubo fraude o decepción para que se llevara a cabo el matrimonio, esta causa puede ser considerada.
¿Distorsionó usted o su ex-cónguye intencionalmente u ocultó información necesaria para que la otra persona pudiera tomar una decisión matrimonial bien informada? ¿Distorsionó otra persona (uno de los padres, por ejemplo) u ocultó información necesaria por evitar una decisión matrimonial bien informada? ¿Fue intencional la decepción para obtener el acuerdo de la otra persona para contraer matrimonio? ¿Si se hubiera sabido la verdad, y no se hubiera llevado a cabo la decepción, no hubiera habido una boda? Si la decepción se descubrió luego, ¿que efecto tuvo en el matrimonio? ¿Ocurrió la separación o el divorcio a causa de este hecho?
Error Acerca de la Unidad del Matrimonio (Canon 1099)
Para que un matrimonio sea válido, ambos cónyuges deben pretender ser absolutamente fieles el uno al otro. Si uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con la creencia equivocada que la infidelidad, la poligamia, o la poliandria eran posible, esta causa puede ser considerada. Esta creencia debería haber sido tomada muy en serio, en otras palabras, pensando que el matrimonio no se puede concebir de ninguna otra manera que permitiendo la infidelidad, multiples cónyuges o parejas sexuales.
¿Creyó usted o su ex-cónyuge que era aceptable tener otras parejas sexuales después de contraer matrimonio? ¿Hubo algo en el historial familiar que explicara la creencia que el matrimonio no era una relación exclusiva (totalmente fiel)? ¿Se crió usted o su ex-cónyuge en un ambiente donde había infidelidad sexual, la cohabitación, o varias parejas sexuales? ¿Consideraban algunos de sus familiares a la infidelidad o la unión libre como algo aceptable o deseado? ¿Fue usted o su ex-cónyuge infiel en relaciones previas? ¿Fueron ustedes criados en hogares donde no se practicaba la religión, o se practicaba una religión que aceptaba la poligamia? Al momento de su matrimonio, ¿aceptaba usted o su ex-cónyuge la noción de un matrimonio “abierto”? ¿Alguno de los dos aceptaba la idea de tener múltiples parejas sexuales o el “intercambio” de parejas con otros? ¿Fueron ustedes alguna vez infiel durante su noviazgo o su compromiso? ¿Consideraron ustedes aceptable o deseado la idea de cohabitar o vivir juntos en unión libre? ¿Fue uno de ustedes o ambos sexualmente infiel durante su matrimonio?
Error Acerca de la Indisolubilidad del Matrimonio (Canon 1099)
Para que un matrimonio sea válido, ambos cónyuges deben estar de acuerdo en la absoluta permanencia del matrimonio. Si uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con la creencia equivocada que el matrimonio es un arreglo temporal, que el divorcio era siempre una opción, o que el volverse a casar puede ser una posibilidad, esta causa puede ser considerada. El error puede incluir la noción que el matrimonio dura solamente hasta que lo deseen los cónyuges, o que dura solamente mientras permanezcan enamorados, o que el estado tiene la autoridad para disolver un matrimonio. Esta creencia debería haber sido tomada muy seriamente, o en otras palabras, creer que el matrimonio no se puede concebir de ninguna otra manera sino que permitir la posibilidad de la terminación o la disolución del matrimonio.
¿Fue usted o su ex-cónyuge criados en un hogar que no practicaba la religión? ¿Provienen usted o su ex-cónyuge de un historial de familia donde hubieron multiples casos de divorcios y de volverse a casar? ¿Consideraban sus familiares aceptable o deseado el divorcio o el volverse a casar? ¿Pensaban ustedes que su matrimonio no sería permanente? ¿Firmaron ustedes un acuerdo pre-nupcial porque pensaban que el matrimonio no sería permanente? ¿Alguno de los dos aceptó un matrimonio “en período de prueba,” con el entendimiento que se divorciarían si las cosas no resultaban? Al momento que entraron al matrimonio, ¿hubieran dicho que se podrían divorciar y volverse a casar por un razón en particular (por ejemplo, abuso físico, el adulterio, si no eran felices, enfermedad)? Si se les hubiera dicho a usted y a su ex-cónyuge antes de casarse que iba a ser imposible divorciarse y volverse a casar por ninguna razón, ¿hubiera uno de ustedes decidido no contraer matrimonio? ¿Creían claramente, uno o ambos, que era su derecho de divorciarse y volverse a casar según lo desearan?

